¿Te pueden demandar por Deuda CAE?

Deudas & Cobranza Puga Consultores · 5 min de lectura

Durante este año, muchas consultas nos han llegado en relación al cobro del CAE. Es de conocimiento público que la Tesorería General de la República (TGR) comenzó a hacer cobranza administrativa a los morosos de este crédito.

Lo primero que debes saber: la prescripción del Crédito con Aval del Estado (CAE) es compleja y no automática. Si la deuda fue traspasada a la Tesorería General de la República (TGR), no prescribe porque se considera un crédito fiscal — no se extingue con el simple lapso del tiempo.

Sin embargo, sí existen alternativas legales que Puga Consultores puede brindarte.

¿Cómo Puga Consultores puede ayudarte?

Cada caso es distinto, pero existe algo en común: la forma en que se está cobrando el CAE no es, a nuestro juicio, la correcta.

La TGR lo está cobrando como un impuesto, cuando en realidad no lo es. Por eso, nuestro trabajo se enfoca en corregir el mecanismo de cobro hacia un juicio civil, para que se hagan valer todos tus derechos como deudor y tengas los mecanismos de defensa que correspondan.

Momentos clave en los que actuar

1

Si te notificaron recientemente

Tienes 10 días hábiles para presentar excepciones. Es muy importante actuar rápido y con respaldo legal para aprovechar este plazo.

2

Si no alcanzaste el plazo o ya hubo embargos

Aunque es más difícil actuar en este punto, aún pueden evaluarse acciones como la presentación de un incidente de nulidad para intentar suspender la cobranza.

3

Si el banco te notificó

Existen mecanismos legales para poder defenderte a tiempo. No esperes más para evaluar tu situación con un abogado.

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